La Revista InfoRetail, información de retail y consumo, publica en su Número 42, Febrero 2018, este artículo de Carlos Pavón, de GAULA Abogados, especialistas en derecho concursal:
El sector de la distribución en España está experimentando un auge relevante en el número de empresas que se ven abocadas a acudir a un concurso de acreedores.
Según datos del último Baremo Concursal de la consultora PricewaterhouseCoopers(PwC), correspondiente al último trimestre de 2017, hasta 796 compañías del sector distribución fueron concursadas el año pasado, un 20% del total de las empresas concursadas y el segundo sector que más litigios registró en este sentido solo por detrás de Servicios.
Los datos que arroja este último informe de PwC confirman una reversión de la tendencia en el número de concursos registrados durante los últimos años. Tras tres años de caída ininterrumpida, 2017 ha significado un repunte de cerca del 4% de estas empresas con problemas de viabilidad.
Para hablar del inicio de estos procesos hay que partir de la obligatoriedad legal impuesta cuando una empresa en situación de crisis no logra llegar a un acuerdo con sus principales acreedores. Ahora bien, superar con éxito un proceso concursal dependerá, en gran medida, del acierto en el diagnóstico de la situación.
Es esencial identificar claramente si nos encontramos ante un negocio viable o si, por el contrario, se trata de una actividad no viable. Todo dependerá de si, en la cuenta de resultados, los ingresos por facturación son capaces de cubrir todos los gastos operativos, siendo únicamente el endeudamiento financiero el que se ve afectado por la insolvencia.
La experiencia demuestra que las refinanciaciones bancarias resultan, en general, muy gravosas para la compañía endeudada. Por eso es habitual que las empresas acudan al proceso concursal tras una refinanciación fallida. En cambio, transmitir la unidad productiva a un tercero en el marco del concurso de acreedores puede determinar la superación de la crisis empresarial.
En paralelo, cuando el diagnóstico de situación evidencia la inviabilidad del negocio, el proceso concursal debe encaminarse al cese de actividad y liquidación ordenada de la compañía, con la posibilidad de vender sus activos de forma aislada (marcas, existencias, mobiliario, etc.).
Casos conocidos en el sector como el de la cadena madrileña de supermercados Gigante, que fue adquirida por el grupo Uvesco el pasado año, son un buen ejemplo del interés de los inversores en el rescate de empresas de distribución en concurso de acreedores cuando éstas presentan un potencial atractivo y cuentan con el mecanismo legal concursal que permite la drástica reducción de su endeudamiento en garantía de su viabilidad empresarial.