La concesionaria del Auditorio Mar de Vigo entra en fase de liquidación

La sociedad Pazo de Congresos de Vigo, concesionaria del Auditorio Mar de Vigo, no ha presentado la propuesta de convenio de acreedores que se comunicaría en la Junta convocada inicialmente para el 15 de noviembre. Sin embargo la compañía no ha presentado dicha propuesta de convenio, por lo que el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra ha dictado la resolución correspondiente, dando inicio a la fase de liquidación de la compañía. Queda por tanto disuelta la sociedad Pazo de Congresos SA, y resuelto el contrato concesional formalizado entre el Concello de Vigo y la sociedad, de 2 de mayo de 2016.

Una vez firmado el auto de extinción, el administrador concursal elaborará el plan de liquidación que debería desembocar en la venta o subasta de los bienes y derechos de la sociedad que explota el recinto de Beiramar.

Así, el juez deja sin efecto la fase de convenio y quedan en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición de los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

En el auto, difundido por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, se dispone dejar sin efecto el señalamiento de junta de acreedores , además de disolver la concursada Pazo de Congresos de Vigo S.A.

También se contempla declarar el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión a dinero de los que consistan en otras prestaciones, así como anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del juzgado.

La administración concursal dispone de un plazo de 15 días -a computar desde la notificación de la resolución-, para que la administración concursal presente el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a la ley.

Respecto a los derechos de la concesión del Auditorio, el juzgado podría autorizar la transmisión de la actividad íntegra, no solo la concesión, incluyendo así todos los activos con la intención de favorecer la continuación de la actividad. 

Fuente: Faro de Vigo 


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