El juez de Seguridad Canaria Integral ordena levantar embargos de Hacienda y Seguridad Social para pagar salarios

El Juzgado Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, en el que se sigue el concurso de acreedores de la empresa Seguridad Integral Canaria, ha dictado un auto por medio del cual ordena el levantamiento de los embargos que Hacienda y Seguridad Social habían trabado sobre las cuentas bancarias de la empresa, para que ésta pueda pagar a sus trabajadores y seguir funcionando.

Se acepta así la propuesta planteada por el administrador concursal de la compañía, que considera que Seguridad Integral Canaria es viable.

El administrador concursal designado para supervisar las operaciones de la compañía de seguridad, está elaborando un plan de viabilidad y una propuesta de convenio con los acreedores, pero alega que para poder ponerlo en práctica, es imprescindible que las cuentas de la empresa dejen de estar embargadas.

Así, el Juez Guillermo Fernández García comparte el argumento fundamental del administrador concursal para levantar las trabas que estas administraciones públicas habían puesto sobre las cuentas de Seguridad Integral Canaria: ese dinero y sus derechos de cobro frente a terceros “son un bien necesario e imprescindible para la continuidad de la actividad empresarial, ya que sin ellos no puede pagar a los trabajadores”, según explica el propio auto.

Hacienda y la Seguridad Social argumentaban lo contrario, porque, bajo su criterio, no cabía entender que el dinero pueda ser un bien fundamental para la continuidad de una empresa, teniendo en cuenta los términos en los que se regula esta materia en la Ley Concursal.

Sin embargo el magistrado responde que “no es ese el criterio de este Juzgado” pues considera que “el dinero es el bien fungible por antonomasia, con lo cual es perfectamente subsumible en la letra del precepto”.

El juez recuerda que Seguridad Integral Canaria es una empresa de servicios y que su principal coste reside en el pago de los salarios de sus trabajadores, por lo que, para seguir funcionando, le resulta “rigurosamente necesario abonar los salarios” a sus empleados, la mayoría de los cuales llevan meses sin cobrar, tanto en Canarias como en el Metro de Madrid.

El Juzgado de lo Mercantil acepta que la declaración del concurso de acreedores no implica, por sí sola, el levantamiento de los embargos existentes hasta ese momento, pero defiende que en este caso existen razones para entender que las cantidades trabadas por Hacienda y la Seguridad Social “son un bien necesario en el escenario en el que actualmente se encuentra la sociedad”.

En consecuencia, ordena a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social que levanten sus embargos cobre “los derechos de crédito y saldos bancarios de Seguridad Integral Canaria”, y requiere a ambas administraciones para que, si han cobrado ya alguna cantidad gracias a esos embargos, la “restituyan a la masa activa del concurso” de acreedores.

 

Fuente: El Día Canarias