La inhabilitación de los administradores de la sociedad concursada

La Ley Concursal establece que la declaración de un concurso como culpable supone la inhabilitación de los administradores para gestionar empresas durante un período de dos a quince años, así como la posibilidad de embargar sus bienes para pagar a los acreedores.

Entre los motivos que la Ley Concursal contempla para la declaración de concurso culpable se encuentra la posibilidad de que el deudor, estando obligado legalmente a la llevanza de la contabilidad, incumpliera esta obligación o hubiera cometido alguna irregularidad relevante para la comprensión de las cuentas.

Una vez que la administración concursal ha entregado su informe de calificación, los administradores de la empresa disponen de cinco días para presentar alegaciones. También el Ministerio Fiscal debe presentar su informe de calificación, en el que habitualmente se adhiere a las conclusiones de la administración concursal. Posteriormente, se celebra una vista tras la cual el juez dicta sentencia.

Este podría ser el caso del concurso de la firma de moda Victorio & Luccino, que solicitaba concurso de acreedores en enero de 2013, sin haber alcanzado hasta el momento un convenio con sus principales acreedores, entre ellos BBVA, Popular y Sabadell, que permitiera evitar la situación concursal en la que se encontraba. A principios de este año, la administración concursal designada por el Juzgado Mercantil número uno de Sevilla, presentó el plan de liquidación.

Al ejecutarse el plan de liquidación, la administración concursal abrió pieza separada de calificación en la que se valorará si la compañía ha mostrado suficiente diligencia en su contabilidad, o si por el contrario, sus administradores han de ser declarados culpables y por tanto, inhabilitados.

Cuando en 2012 dos acreedores solicitaban el concurso necesario de la firma de moda, las últimas cuentas depositadas por la empresa en el Registro Mercantil eran del año 2006. Dichas cuentas mostraban una débil situación financiera con significativas pérdidas y un pasivo próximo a los 10 millones de euros.

Posteriormente, y antes de la solicitud de concurso voluntario de acreedores por parte de la empresa en enero de 2013, se decretaron embargos contra la compañía: en junio de 2009 se decretó un embargo preventivo a favor del Estado sobre un local de la firma en la calle Sierpes de Sevilla para responder de una deuda de 1,2 millones, y en mayo de 2012 la Tesorería General de la Seguridad Social ordenó el embargo de un piso en la calle Boteros de Sevilla, en reclamación de 800.000 euros.

La marca fue adquirida en el marco del proceso concursal por la empresa toledana Six Valves.

 

 

Fuente: Voz Populi