Se acerca el final de la moratoria concursal
La Moratoria Concursal es una medida temporal que llegará a su fin el próximo 30 de junio de 2022, promovida a raíz de la situación de emergencia generada por la pandemia.
¿Qué es la moratoria concursal?
Consiste en la dispensa temporal de la obligación de solicitar el concurso voluntario de acreedores a aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren en estado de insolvencia.
Del mismo modo, la moratoria concursal impide la admisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario instadas por terceros.
Cabe recordar que una de las obligaciones de los administradores de sociedades mercantiles es solicitar la declaración de concurso de la empresa deudora en un plazo máximo de dos meses desde que se advierta una situación de insolvencia actual, cuando se acumulan los impagos; o inminente, cuando se constata que a corto plazo no se podrán asumir los compromisos adquiridos por la empresa.
Éste es uno de los aspectos que se analizan y pueden determinar si un concurso voluntario es culpable o fortuito, derivándose, en su caso, responsabilidades a sus administradores.
La moratoria pretende, por tanto, dotar de un margen de tiempo adicional a las empresas que estén pasando por dificultades como consecuencia de la situación económica generada por la crisis del COVID-19, para que puedan restablecer su equilibrio patrimonial, evitando su entrada en concurso.
La crisis sanitaria parece disiparse paulatinamente, sin embargo, un importante número de empresas y autónomos enfrentan nuevas dificultades a raíz del aumento del precio de la energía, una de las principales causas de la inflación en España. La suma de estas circunstancias y la consecución de escenarios de crisis, pueden fácilmente resentir la viabilidad de cualquier proyecto empresarial que aún intenta recuperarse de la paralización total de la economía en aquel abril de 2020.
¿Puedo presentar el concurso de mi empresa antes de que finalice la moratoria concursal?
Si. La moratoria concursal concede al deudor la facultad de «retrasar» su declaración en concurso ante una situación de insolvencia, pero no prohíbe el inicio del procedimiento cuando sea necesario.
Se están produciendo múltiples casos de empresas inviables en las que no se ha solicitado la declaración de concurso con la esperanza de una recuperación que en muchas ocasiones es totalmente improbable. Ello provoca el progresivo empeoramiento de la situación de la empresa. Es el caso de las denominadas empresas zombis.
De hecho, se han producido 2.073 concursos durante el primer cuatrimestre de 2022. Cataluña sigue siendo la comunidad líder en concursos, con un 26,05% del total (540), seguida de Madrid (21,7%, 451) y la Comunidad Valenciana (14,6%, 304). Frente al año pasado, Navarra, Murcia y Galicia son las que han experimentado el mayor incremento relativo.
Una vez concluya el período de moratoria concursal, volverá a surgir la obligación de cualquier deudor insolvente de solicitar su declaración de concurso, por lo que se prevé que a partir de julio de 2022 se produzca un importante incremento de solicitudes de declaraciones de concurso, con el consiguiente retraso en sus tramitaciones.
Será por tanto recomendable, anticiparse a las decisiones que pueda requerir la empresa, a fin de eludir futuras responsabilidades, por ejemplo, por agravación de la insolvencia.