Liberación de deudas de avalista | Ley de Segunda Oportunidad

GAULA Abogados en economiadehoy.es | La Ley de la Segunda Oportunidad, más necesaria que nunca.
Liberan del total de la deuda al avalista de una sociedad insolvente en Madrid

El Juzgado de Primera Instancia nº 89 de Madrid ha concedido la liberación de la deuda a un cliente de nuestro despacho.

El cliente era avalista de una sociedad que fue declarada en concurso. La reclamación de las deudas no abonadas dentro del concurso de la empresa le fueron reclamadas al avalista.

El periódico digital economiadehoy.es se hace eco de esta resolución:

“La liberación de deuda ha sido concedida tras más de un año esperando a que el Juzgado rectificara una resolución errónea. Ha sido tramitada por el despacho de abogados GAULA Abogados.

Como consecuencia de la imposibilidad de hacer frente a las deudas avaladas por parte del deudor principal. El avalista se vio en la obligación de acogerse al procedimiento de segunda oportunidad.

Tras una negociación fallida con los acreedores se procedió a la solicitud de concurso ante el Juzgado, solicitando la liberación de la totalidad de la deuda.

El deudor no disponía de activos que pudieran ser liquidados para el pago de los acreedores. El Juzgado consideró, por tanto, que procedía la conclusión inmediata del procedimiento.

Igualmente se concedió un plazo al deudor para solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (liberación de la deuda).

El Juez reconoció que el deudor cumplía los requisitos para poder ser beneficiario de la liberación de la deuda, sin embargo, en lugar de disponer dicha liberación, procedió a aprobar el plan de pagos remitido a los acreedores en la fase extrajudicial, posibilidad que no viene contemplada en la Ley Concursal en ninguna circunstancia.

Siendo dicha resolución contraria a la normativa concursal, se solicitó al Juez la nulidad de las actuaciones llevadas a cabo. Se había dictado una resolución incongruente con respecto a lo solicitado.

Finalmente, tras un año de espera, el Juez ha rectificado y ha concedido al deudor la liberación definitiva de la deuda avalada a la empresa. Dicha decisión no puede ser recurrida.”

Este es un nuevo ejemplo de la necesidad de contar con especialistas para el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad.
No se trata de un procedimiento estándar. Muy al contrario, requiere un tratamiento y seguimiento personalizados”, explica Carlos Pavón, socio director de Gaula Abogados.
Tras el sobreendeudamiento al que se han visto sometidas muchas empresas, especialmente a raíz de la inactividad de los últimos meses, y tras la consecuente entrada en concurso de acreedores de algunas de ellas, el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad será una figura clave para aliviar la situación de muchas personas que como nuestro cliente, han avalado préstamos que no han podido amortizar, y por los que se les reclama a título personal”.